CONCEPTO DE DERECHO.
La palabra proviene del vocablo latino directum, que
significa no apartarse del buen camino, seguir el sendero señalado por la ley,
lo que se dirige o es bien dirigido. En general se entiendo por Derecho,
conjunto de normas jurídicas, creadas por el estado para regular la conducta
externa de los hombres y en caso de incumplimiento está prevista de una sanción
judicial.
EL DERECHO SE DIVIDE EN PÚBLICO Y PRIVADO.
LAS RAMAS DEL DERECHO
PÚBLICO SON:
- Derecho
Administrativo. Es el
conjunto de normas que regula el funcionamiento del Estado como poder
administrador, entre los distintos órganos administrativos y su relación con
los particulares.
- Derecho
Constitucional o Político. Se ocupa
del análisis de las leyes fundamentales que definen un Estado.
- Derecho Penal. Comprende las normas que regulan las conductas punibles de los habitantes, aquellas que se consideran delictivas, para las cuales las normas jurídicas tienen prevista una sanción. La tipicidad de las normas penales es un rasgo característico, ya que para que una conducta sea susceptible de sanción penal, debe coincidir con la descrita por la norma, sin poder aplicarse la analogía.
- Derecho
Procesal. Regula la
organización y las atribuciones de los tribunales de justicia y la actuación de
las distintas personas que intervienen en los procesos judiciales.
- Derecho Laboral. Se refiere a las relaciones entre los patrones y sus empleados, fijando sus deberes y derechos recíprocos, así como la protección del trabajador.
- Derecho
Tributario. Es el conjunto de reglas, normas
y principios que se encargan de regular la
relación jurídico-tributaria entre la administración y
el contribuyente.
MIENTRAS QUE LAS DEL
DERECHO PRIVADO SON LAS SIGUIENTES:
- Derecho Civil. Regula las relaciones entre particulares, ya sean
personas físicas o jurídicas, o el propio Estado, cuando no lo hace en
ejercicio de su poder como autoridad pública. Es la más utilizada entre las
ramas del Derecho, pues comprende las relaciones patrimoniales, personales, de
vecindad, de familia, de derecho sucesorio, entre otros.
- Derecho
Comercial o Mercantil. Se
encarga de regular la actividad de los comerciantes y sus relaciones
comerciales, denominadas actos de comercio.

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